ACCESO A POLICÍA LOCAL
Los requisitos que aquí se dan deben servir como orientación
general, pues podrán variar de una convocatoria a otra dependiendo del organismo local que convoca las oposiciones:
· Ser español o tener nacionalidad española.
· Tener 16 o 18 años de edad según las bases de convocatoria.
· Normalmente estar en posesión del Bachillerato,
Formación Profesional de grado medio o equivalente.
· En general tener una estatura mínima de 1,65
metros para las mujeres y 1,70 para los hombres.
· Estar en posesión de los permisos de conducción A o A2 y B.
· No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las
funciones, de acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas establecidas
en las bases de cada convocatoria.
·
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del
Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades
locales. Compromiso de portar armas y de su utilización
Aptitud física.
·
Que será de carácter eliminatorio. Se calificará como apto o no apto.
· El alumno deberá basarse en las pruebas que aparecen en las bases oficiales
donde salen convocadas las plazas y prepararse para ellas.
Psicotécnico.
De carácter eliminatorio, está dirigido a comprobar que los rasgos
de personalidad y de aptitud de los aspirantes son los adecuados para el
desempeño de las funciones de policía local. Se calificará como apto o no apto.
Prueba de conocimientos:
·
Prueba teórica. De carácter eliminatorio,
consistirá en contestar por escrito, en el tiempo máximo que se haya fijado, a
un cuestionario tipo test de cerca de 100 preguntas del bloque
correspondiente al temario. Se penalizarán las preguntas incorrectas
descontando puntos.
o
Existe la posibilidad de que la modalidad para examinarse no sea tipo test
y que se realice mediante un tema que se debe desarrollar en un tiempo
determinado.
·
Supuesto práctico. Consiste en la resolución de un
supuesto sobre las labores de los policías locales en determinadas situaciones
reales. Lo determina el tribunal y se deben aplicar los conocimientos que se
han adquirido con el estudio de los temas de la oposición, en especial la
aplicación de leyes fundamentales, como el Código Penal o las leyes de tráfico.
o
Esta prueba es de carácter opcional, de modo que depende del organismo,
municipio o entidad local que convoque las plazas.
ACCESO A POLICÍA NACIONAL
Los requisitos para optar al ingreso en el Cuerpo
Nacional de Policía, Escala Básica son:
·
Tener la nacionalidad española.
·
Tener cumplidos 18 años.
·
Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
·
Estar en posesión del título de bachiller o equivalente
· Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se
prestará a través de una declaración del solicitante.
·
No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del
Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni
inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
·
Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B en el momento de
presentar la instancia.
·
No padecer defecto físico ni enfermedad que incapacite
para el desempeño del puesto, de acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas
que recoge la Orden 11 de enero de 1988.
PRUEBA
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter
eliminatorio, en el orden que se establezca en cada convocatoria:
Primera prueba(aptitud física):
·
Primer ejercicio (hombres y mujeres): Con la salida de pie,
detrás de la línea de partida, el opositor debe realizar el recorrido que
figura en el gráfico representativo de las bases. Es nulo todo intento en el que
el candidato derribe alguno de los banderines o vallas que delimitan el
recorrido o se equivoque en el mismo. Se permiten dos intentos sólo a los
opositores que hagan nulo el primero.
·
Segundo ejercicio (hombres): Desde la
posición de suspensión pura con palmas al frente, total extensión de brazos, se
realizarán flexiones rebasando totalmente la barbilla por encima de la barra y
extendiendo en su totalidad los brazos sin que se permita el balanceo del
cuerpo o ayudarse con movimientos de piernas. Un intento.
· Segundo ejercicio (mujeres): El ejercicio consiste
en quedar, el mayor tiempo posible, en la posición que se describe: desde la
posición de suspensión con palmas hacia atrás, brazos flexionados, barbilla por
encima de la barra y piernas completamente extendidas y sin tocar el suelo, la
opositora deberá mantenerse el mayor tiempo posible. Se da por finalizado el
ejercicio en el momento que la barbilla se sitúe por debajo de la barra o se
tenga contacto con ella. Un intento.
·
Tercer ejercicio (hombres y mujeres): Carrera de 1.000
metros sobre superficie lisa, plana y dura. Un intento.
Segunda prueba: Constará de dos partes:
·
Contestación a un cuestionario de preguntas que versarán sobre
conocimientos de ciencias jurídicas y sociales, y materias técnico-científicas
relacionadas con la función policial y a un nivel concordante con el título
académico requerido a los aspirantes.
·
Ortografía: contestación a un cuestionario para evaluar la capacidad
ortográfica del opositor. La calificación de esta prueba será "apto"
o "no apto".
Tercera prueba: Constará de dos partes:
·
Reconocimiento médico. Los aspirantes que
superen las pruebas anteriores serán sometidos a un reconocimiento médico para
comprobar que no están incursos en el cuadro de exclusiones médicas vigentes.
Para la realización de esta prueba se aplicarán a los aspirantes las técnicas
médicas de uso convencional que se estimen oportunas, incluida la analítica de
sangre y orina. Su calificación será de "apto" o "no apto".
·
Entrevista personal: se evaluarán en el aspirante los
factores que determine el tribunal, sobre la base de uno o más cuestionarios de
personalidad. La calificación de esta prueba será "apto" o "no
apto".
·
Psicotécnicos: consistirá en la realización de uno o
varios test con el fin de evaluar las aptitudes del candidato para el desempeño
de la función policial. Podrá incluir una prueba de ortografía. Se calificará
de "apto" o "no apto".
Ejercicio voluntario de idioma:
Se podrá realizar, con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento
del idioma inglés o francés (solo uno de ellos), a nivel exigido por el sistema
educativo general en la enseñanza básica obligatoria, que podrá mejorar la nota
alcanzada en la prueba de conocimientos, de los que superen esta, hasta dos
puntos.
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